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La influencia de los medios de comunicación en el delito de trata de personas.
Escrutinio No. 75
*Perla Sánchez Domínguez.
En la historia de la humanidad, la esclavitud se ha presentado como un fenómeno constante en casi todas las sociedades, épocas y continentes. Por ejemplo en la antigua Grecia los esclavos trabajaban en talleres produciendo mercancías que posteriormente eran comercializadas. En la edad media, las tribus germánicas, y algunos reinos africanos tenían como actividad económica el comercio de esclavos.
La abolición de la esclavitud hace 150 años en América Latina hace pensar que efectivamente se habla de una problemática ya superada, sin embargo solo consistió en la supresión de una forma de esclavitud, porque muchas prácticas esclavistas siguen existiendo; y otras han cambiado de forma y, desafortunadamente, se han incorporado nuevas modalidades de esclavitud. Actualmente el delito de trata de personas es considerado la versión moderna de éste fenómeno.
Así, la trata de personas constituye una de las manifestaciones delictivas más preocupantes de la actualidad, ya que además de implicar una cuestión delictiva, involucra la comisión de violaciones graves a los derechos humanos de las víctimas, cuyos efectos repercuten de forma traumática en su salud corporal y psicológica. Entre los derechos humanos que se vulneran está el derecho a la vida, a la libertad, dignidad, seguridad personal, entre otros.

En esencia el delito de “trata de personas” comprende los actos de captación, transporte, traslado, acogida, recepción de personas, recurriendo a la amenaza, al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otro, con la finalidad de someterlas a distintas formas de explotación, incluye como mínimo, la sexual y laboral, la servidumbre o la extracción de órganos[1].
No obstante que el delito de “trata[2] de personas” constituye la comercialización de seres humanos, su visibilidad es mínima frente a otras manifestaciones delictivas; como el narcotráfico, que ha acaparado el interés de la sociedad en general y por lo tanto de los medios de comunicación.
En este orden de ideas, los medios de comunicación juegan un papel sumamente importante, ya que los alcances y consecuencias del manejo de la información pueden incidir de forma positiva en la opinión y respuesta de la sociedad, o lograr su indiferencia respecto de cualquier suceso. En diversas ocasiones los medios de comunicación constituyen un factor de incidencia en la inclusión de temas en la agenda política de los entes públicos. De ahí la importancia de los medios en el manejo de la información relativa al delito de trata de personas.
El delito de trata es un tema sumamente delicado tanto por su complejidad técnica como por las afectaciones físicas y psicológicas que provoca a las víctimas, por lo que su manejo en los medios de comunicación debe obedecer a lineamientos especiales, dirigidos fundamentalmente a resguardad la identidad, seguridad y dignidad de éstas.
Sin embargo la competencia por alcanzar ventas o aumentar el raiting ha ocasionado que algunos medios de comunicación aborden el problema de manera inapropiada, utilizando el dolor y sufrimiento de la victima para obtener el lado sensacionalista, y con ello incrementar sus utilidades.

Por ello es importante evitar en la información que se difunde los estereotipos y exageraciones deliberadas, para no crear en la sociedad ideas distorsionadas e imparciales que impidan transmitir la verdadera complejidad del delito y así contribuir a la disminución de víctimas potenciales.
Con frecuencia los medios de comunicación abordan el tema de trata acotándolo a la explotación sexual, refiriéndose únicamente a las víctimas del género femenino (niñas y mujeres), minimizando la existencia de otro tipo de explotación y víctimas del género masculino.
En la identificación y denuncia de los tratantes de personas resulta importante la participación ciudadana, sin embargo la sociedad ignora, confunde y desconoce sobre la existencia y peculiaridades del delito, debido entre otros aspectos a la complejidad técnica y a la manipulación poco responsable y profesional que algunos medios de comunicación hacen de la información que tienen en sus manos y que en nada contribuye a visibilizar el problema.
Las apariciones del tema en la televisión, por ejemplo, son incompletas, no hay una línea concreta, consistente, las notas informativas dan cuenta de algunos casos aislados imposibilitando que se generé en el televidente una visión integral de la problemática real y recurrente.
En el caso de los medios radiofónicos, la cobertura sobre el problema es estrictamente a través de los noticieros, sin fomentar el desarrollo de debates amplios, entrevistas con expertos para que el radioescucha se entere de las diversas causas, factores de riesgo y consecuencias del problema.
Respecto a los medios impresos en la búsqueda de la alza de ventas, pretenden difundir la nota amarillista sin respetar la identidad de la víctima, en este sentido, son pocos son los medios que con cautela si la historia a la que hacen referencia compromete o pone en peligro la vida de la víctima, optan por renunciar el reportaje, en aras de protegerla.

Recientemente ha sido muy discutido el tema de la publicidad de servicios sexuales en los medios impresos y su relación con el delito de trata, en virtud de que a través de los anuncios clasificados se anuncian mujeres, hombres e incluso niñas y niños ofreciendo servicios de carácter sexual, convirtiéndose en parte de éste proceso delictivo, y co-responsables de una modalidad encubierta de cometer el delito.
Con la difusión de éste tipo de información, los medios de comunicación forman parte de la cadena de trata, ya que no solo es responsable el que recluta, transporta o recibe, también es responsable quien promueve.
Al respecto resulta importante mencionar que en días pasados uno de los periódicos de circulación nacional más importantes del país, El Universal, anunció la cancelación de cualquier publicidad que oferte servicios que puedan ser aprovechados por los tratantes de personas[3]. Tal decisión obedece principalmente, a las adiciones a los artículos 5 y 13 de la Ley para prevenir y sancionar la trata de personas decretadas el pasado 14 de abril de 2011[4], mediante las cuales se estableció que cometenel delito de trata de personas quienesa través de anuncios ofrezcan algún tipo de servicio relacionado con la trata en medios de comunicación, haciendo responsables también a las personas que publiquen dichos anuncios.
En este sentido los directivos evitaron ser inculpados por el delito de trata de personas, por la publicación en los anuncios clasificados de servicios que involucren actividades relacionadas con ésta actividad delictiva, ya que la Ley contempla multas que van desde mil 500 días de salario mínimo, equivalentes a 89 mil 700 pesos, y penas hasta de 18 años de prisión.
Estas modificaciones legislativas en materia de trata de personas, constituyen un avance importante para combatir de forma eficaz éste delito y con ello evitar su promoción y hacer responsables a quienes tienen la posibilidad de no publicar nada al respecto, como es el caso de los medios de comunicación; ya que según cifras de las Naciones Unidas este crimen mueve anualmente entre 5 y 7 mil millones de dólares y se estima que aproximadamente 800,000 personas son objeto de trata en todo el mundo[5].
A lo largo del presente análisis se han dado ejemplos del impacto negativo de los medios de comunicación con el manejo irresponsable de la información relacionada con temas de trata de personas, sin embargo existen periodistas que asumen con ética y responsabilidad su profesión, y constituyen un eslabón fundamental en la cadena de la prevención.

Así, los medios de comunicación responsables socialmente, a través de investigaciones llevadas a cabo por reporteros encubiertos, dan cuenta de como operan los grupos delictivos, aportando conocimiento útil para el diseño de operativos por parte de las autoridades y aportando mecanismos, que ayudan a contrarrestar el impacto del delito y apreciaciones erróneas que se tienen frente a las víctimas; mediante información veraz, certera y completa coadyuvan a identificar las poblaciones altamente vulnerables y las situaciones de riesgo y difunden las diversas formas de explotación.
En el delito sobre trata de personas siempre existe un engaño para todos los casos por ello es importante que los medios de comunicación masiva asuman la responsabilidad social que les corresponde, al transmitir información certera y con la terminología adecuada; porque con ello contribuyen a la disminución del número de víctimas potenciales, presas fáciles de los tratantes.
El rol que los agentes de la comunicación pueden desempeñar en materia de prevención es esencial, ya que contribuyen a visibilizar la “trata de personas” como un problema social que puede contrarrestarse con ayuda de la ciudadanía que recibe una información adecuada mediante sus espacios.
Al respecto, la lucha conjunta contra este delito y el respeto a los derechos humanos serán la única herramienta eficaz para contrarrestar las formas contemporáneas de esclavitud y superar el paradigma. En virtud de la magnitud de la violación de derechos humanos que implica el fenómeno de la trata de personas, resulta imprescindible formar agentes públicos y técnicos civiles para su prevención, son los medios de comunicación el vehículo ideal para lograrlo.
[1]ONU, Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Palermo 2000.
[2]La palabra”Trata” es el término oficial utilizado por las Naciones Unidas para las traducciones del inglés trafficking. En la legislación internacional la Trata de personas ha sido definido mediante la Convención de Naciones Unidas contra el crimen organizado transnacional, diciembre 2000, Palermo, Italia.
[3]El Universal cancela anuncios que promuevan trata de personas. El Universal, 19 de septiembre de 2011 < http://www.eluniversal.com.mx/notas/794666.html> (Visitada el 19 de septiembre de 2011)
[4]Decretopor el que se adicionan diversas disposiciones a los artículos 5 y 13 de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas. Diario Oficial de la Federación. 14 de abril de 2011.
[5]Fanny Polania Molina. La trata de personas. Un fenómeno antiguo que cobra visos de actualidad. Lima, 2004, pág. 54.

