Ocho razones para anular la elección del EDOMEX

23 Agosto, 2011
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Dalia Edith Álvarez Padilla

Escrutinio No. 72

Tres días después de la entrega de constancia de mayoría a Eruviel Ávila que lo acredita como Gobernador electo del Estado de México, la Coalición “Unidos Podemos Más” integrada por los partidos de la Revolución Democrática, Convergencia y del Trabajo interpusieron un Juicio de Revisión Constitucional per saltum ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, donde se solicita la nulidad de la elección, derivada de violaciones a principios fundamentales constitucionales en materia electoral.

El escrito consistente 565 hojas y  85 anexos de pruebas constituye la acreditación de hechos que violan los principios constitucionales de una elección democrática.  

Los agravios son los siguientes:

1. VIOLACIÓN A LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES QUE RIGEN TODA ELECCIÓN DEMOCRÁTICA, principio de legalidad, certeza, Imparcialidad, equidad, independencia, profesionalismo y libertad de sufragio.

2. ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA. Los cuales fueron acreditados y sancionados por el IEEM por orden del Tribunal Federal.

3. REBASE EN EL TOPE ESTABLECIDO PARA GASTOS DE CAMPAÑA

Con base en el Informe final del IEEM sobre el monitoreo a medios de comunicación alternos, se acreditó que hubo una inequidad desproporcional en publicidad en medios alternos dónde la Coalición Unidos Podemos más (CUPM) tuvo un porcentaje de 7.2% del total de los registros del monitoreo, mientras que la Coalición Unidos Por Ti obtuvo un porcentaje de 92.8% de registros.

Así como derivado del resultado del proceso de revisión precautoria  que realiza el  IEEM, el Informe sobre montos ejercidos en medios de comunicación, la fe notarial del contenido de la página oficial de la Coalición Unidos por Ti que verifica todas las actividades de campaña, videos oficiales, mítines y eventos masivos. Así como los siguientes peritajes.

* Peritaje en materia de valuación sobre los conceptos que el IEEM menciona sobre el monitoreo a medios de comunicación alternos. *$571, 094, 524 (Rebasa 180.1% el tope de campaña).

* Peritaje en materia de valuación que determina el gasto de campaña de Eruviel Ávila. * $1, 604, 378, 658 (Rebasa 690.8% el tope de campaña).

4. PROPAGANDA GUBERNAMENTAL ESTATAL Y MUNICIPAL EN TIEMPOS PROHIBIDOS

Que consiste en la intervención por parte de las estructuras de los gobiernos estatal y municipal, quienes no obstante la prohibición constitucional y legal -tanto federal como estatal-, mantuvieron la propaganda gubernamental durante toda la etapa de campañas, incluso hasta en la jornada electoral misma, a pesar de la orden expresa de la Sala Superior de su retiro.

5. ACTUAR PARCIAL DE LAS AUTORIDADES ELECTORALES ESTATALES

Pasividad, negligencia, notoria proclividad de los órganos electorales - administrativo y jurisdiccional- del Estado de México de administrar e impartir justicia pronta, completa e imparcial en los tiempos y con la prontitud que exigían los hechos denunciados, y con marcada tendencia a, por un lado, favorecer a Eruviel Ávila Villegas  y, por el otro, declarar fundadas las quejas promovidas en contra de la Coalición Unidos Podemos Más.

6. COACCIÓN E INDUCCIÓN AL VOTO

La libertad del sufragio de los ciudadanos mexiquenses se vio mermada a través de la propaganda ilegal tendiente a inducir o coaccionar el voto de los electores; la supuesta asunción de 6,000 compromisos ante notario público. Dónde en realidad sólo se cuenta con la fe notaria del 91 de ellos.

7. INEQUIDAD EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Demostrado con dos instrumentos presentados: monitoreo a medios de comunicación realizado por el IEEM, e informe de la empresa IPSOS COMUNICACIÓN. En el primer caso, se demuestran que los medios de comunicación (radio, televisión y prensa) -en el ámbito nacional y local- actuaron inequitativamente en la difusión de las campañas electorales. Ejemplo: materia de radio, más de 128 horas de diferencia entre la cobertura a Eruviel Ávila y Alejandro Encinas. En el segundo caso, se ofrece un informe de dicha empresa en el que se advierte el impacto que tuvo la inequidad en torno a los millones de personas impactadas; se lograron 45 millones más de contactos por las menciones de Ávila -31% más-, que los obtenidos por Encinas, porcentaje que se ve reflejado en todos los demás indicadores.

8. INTERVENCIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO EN EL PROCESO ELECTORAL

Se presentó  el expediente relacionado con Bernardo García Cisneros, quien en su calidad de presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Toluca, fue grabado en plena operación electoral con las estructuras de servidores públicos, magisterio y Secretaría del Trabajo del gobierno estatal, exponiendo la estrategia que desde el gobierno estatal se había diseñado para operar cada sección electoral del estado. Otro ejemplo de la intervención del estado es el relativo a los niños realizando banderitas, las cuales fueron utilizadas posteriormente en los eventos de Eruviel Ávila.

Desde una visión crítica se puede considerar que si bien el escenario de una sentencia que considere la nulidad es lejano,  lo que sí se puede aspirar es al establecimiento de precedentes, que ayuden a generar condiciones de mayor calidad para calificar una elección como verdaderamente democrática.

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