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Las controversias de la PGR
Escrutinio No. 42
Escrutinio No. 42 | Lunes 1 de febrero de 2010.
En una sola semana, la Procuraduría General de la República (PGR) promovió dos procesos que generaron polémica, pues se presume contravienen derechos básicos de la ciudadanía, como son el derecho a la información y el derecho a la igualdad.
Los procesos son: la acción de inconstitucionalidad en contra de los matrimonios de las personas del mismo sexo y la adopción por parte de éstas en el Distrito Federal y la recomendación hecha a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en torno a una reforma a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Campeche.
Alegato contra Derecho a la Información
El 27 de enero, el Procurador General de la República, Arturo Chávez Chávez, envío un alegato a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que validara una reforma hecha a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Campeche. Dicha reforma establece que las resoluciones emitidas por la Comisión de Acceso a la Información del Estado podrán ser impugnadas por las autoridades ante el Tribunal Superior de Justicia de la entidad, por lo que el grupo parlamentario de Acción Nacional en Campeche, promovió un recurso de inconstitucionalidad argumentando que con las nuevas disposiciones se atenta contra el Derecho a la Información y se vulnera la autonomía del órgano encargado de la transparencia.
El Procurador Arturo Chávez arguyó, mediante un oficio dirigido a la ministra Olga Sánchez Cordero -quien quedó a cargo del juicio y se encuentra elaborando el proyecto de sentencia-, que la reforma no vulnera ni la autonomía, ni el derecho a la información, por lo que le solicitó declarara infundado el recurso de los legisladores del blanquiazul. Contrariamente, Jaqueline Peschard, presidenta del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), precisó que la aprobación de reformas de ese calado, obstaculizarían el ejercicio del derecho de los ciudadanos a la información. Baste decir, que la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en su Art. 59 establece que “Las resoluciones del Instituto serán definitivas para las dependencias y entidades.”
En todo caso, el artículo refiere, que quienes podrán impugnar tales resoluciones, ante el Poder Judicial de la Federación, serán los particulares. En caso de que las impugnaciones se permitieran, los sujetos obligados -las entidades gubernamentales-, podrían excusarse e interponer recursos que entorpecerían el acceso a la información.
Ya de por sí, el IFAI enfrenta con el recurrente proceder de dependencias, como la misma PGR, que mediante artificios jurídicos se resisten a transparentar la información. Tanto que la dependencia ha iniciado una serie de juicios ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para no cumplir con las solicitudes de información hechas por el IFAI (uno de ellos, el del caso de Rosendo Radilla).
La resolución que sobre el caso dé la SCJN, es de suma importancia, pues esto sentará un precedente que servirá para validar reformas similares. En enero, el Secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, habló de una reforma a la Ley de Transparencia y Acceso a la información, que en esencia, es muy similar a la implementada en Campeche y que tendría aplicación Federal. Con ésta reforma se crearía la figura de un tribunal que calificaría las resoluciones del IFAI, lo que se restaría fuerza al organismo especializado, que la Constitución estipula, es el que debe encargarse de la protección federal al derecho de acceso a la información pública, y echaría abajo los avances que a lo largo de años se han conseguido en torno al Derecho a la Información en nuestro país.
Contra los matrimonios gay y la adopción
El mismo 27 de febrero, la Procuraduría General de la República interpuso una acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas aprobadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal que permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción por parte de éstas.
La PGR argumentó que “se contraviene el principio de legalidad, pues la reforma se aparta del fin constitucional de protección de la familia concebida expresamente por el Poder Constituyente Permanente en 1974”.
La Procuraduría informó, mediante comunicado, que “la reforma se aleja del deber estatal de salvaguardar el interés superior del niño” por lo que la acción interpuesta es en torno a los artículos 146 y 391 del Código Civil para el Distrito Federal, reformados con anterioridad, atendiendo a lo que los artículos 4°, 14°, 16 y 133 de la Constitución Política estipulan.
Las reacciones no se hicieron esperar, en un ambiente ya polarizado por las posturas del sector Lésbico Gay, intelectuales, clero, partidos y sociedad en general.
La Iglesia y el Colegio de Abogados Católicos de México, que ya habían solicitado al Gobierno Federal que promoviera el recurso, elogiaron su actuación. Por otro lado, intelectuales y miembros de la sociedad civil argumentaron que se trataba de un ataque al Estado laico, de un acto de discriminación, de una medida retrograda que impide la democratización del país, un ataque a los derechos básicos que tiene cualquier ciudadano de formar una familia y un patrimonio.
La medida de la Procuraduría mereció el pronunciamiento del Jefe de Gobierno Marcelo Ebrard, quien calificó de “grave error” la decisión de la PGR, pues dijo, se extralimitó pues con ésto anula los derechos de la comunidad lésbico gay, además de que la dependencia, comentó, no tiene competencia para impugnar una ley local.
De esta manera, el gobernante capitalino, se sumó a la defensa de la reforma que avala el matrimonio entre personas del mismo sexo. Por su parte, Luis González Plascencia, ombudsman capitalino afirmó que no hay argumentos para que la reforma sea declarada inconstitucional.
Acciones como las anteriores, han desatado el enojo de muchos sectores de la sociedad, que aseguran el Gobierno Federal va en contra de derechos fundamentales que debiera defender, tal es el caso del Derecho a la Información, luego de una lucha que ha durado años para transparentar las acciones del gobierno y el derecho a la igualdad de personas con preferencias sexuales distintas.
Si bien los temas parecieran disímiles y delicadas -al menos lo tocante al matrimonio gay y la adopción, pues genera mayor polarización-, lo cierto es que convergen en tanto que se trata de derechos estipulados en la Carta Magna que el Estado debiera garantizar. En conclusión se critica que el Procurador esté ocupado en éste tipo de menesteres y no se ocupe de uno de los que más aquejan a nuestra sociedad, como es la inseguridad y los estragos de la delincuencia organizada. Los procesos están en marcha y quedan pendientes las resoluciones de la SCJN.

03 FEBRERO, 2010
RAFAELGracias a dios, en méxico existen buenos jueces
11 FEBRERO, 2010
MR. BOJANGLESDespués de que echó atrás la ley televisa, a la "santa" corte ya no se le ha visto nada bueno. ahí están los casos de lidya cacho y el góber precioso, lo de ulises ruiz con la appo en oaxaca, el caso atenco, y recientemente lo del ietu. vemos que la corte, trae línea pero en el tema de "matrimonios y adopción gay" no ganará y de lo de las leyes de transparencia, tengo mis dudas...
buen artículo, felicitaciones angelicales