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La trampa del “multiplexeo”: una nueva Ley Televisa para las elecciones de 2012
Escrutinio No. 75
Alín Akekob Rodríguez
Los magnates de los medios de comunicación se apresuraron a consolidar los privilegios que les garanticen un empoderamiento transexenal; afianzaron su lugar por encima de los Poderes de la Unión y quieren que esto no cambie independientemente del color del Presidente, mantienen a sus pies a buena parte de las clases política y empresarial a través de la impunidad que gozan para transmitir lo que sea en cadena nacional: sin contrapesos. Pueden construir reputaciones o destruirlas en 30 segundos; con ellos todo, sin ellos nada.
El 12 de septiembre la Asociación Mexicana del Derecho a la Información AMEDI, publicó un comunicado en el que denuncia cómo la Comisión Federal de Telecomunicaciones, COFETEL, aprobó el 20 de julio a través de una toma de nota la multiprogramación para dos concesionarios y un permisionario de televisión.
Este tema de la multiprogramación, que suele equipararse con el multiplexeo, parece algo muy técnico, engorroso, hasta cierto punto aburrido; lo cierto es que es un tema de primera importancia en la agenda de la lucha por la democracia y el derecho a la información.
Vamos por partes, con la transición de la televisión analógica a la televisión digital se podrán transmitir hasta 5 canales de audio y video digital en el mismo ancho de banda de 6MHz. Recordemos que la lucha contra la Ley Televisa en el año 2006 fue, en buena medida, porque los concesionarios de radio y televisión con la tecnología digital podrán transmitir un mismo canal pero utilizando menos de los 6MHz, entonces ellos buscaron y buscan utilizar el espacio restante para comercializar otros canales o brindar servicios adicionales de telecomunicaciones sin pagar al Estado por ello.
La batalla contra la Ley Televisa pretendía, entre otras cosas, que no fueran las mismas grandes empresas de comunicación, Televisa y Tv Azteca, las que se quedaran con el espacio radioeléctrico restante y utilizarla de forma libre, en todo caso, que volvieran a licitar y a pagar una contraprestación para el uso que quisieran darle a este espacio. Este dinero puede utilizarse para muchas obras sociales, culturales, educativas y tantas necesidades que el país tiene.
Finalmente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le dio la razón al grupo de senadores que impugnaron las modificaciones a las leyes de Radio y Tv y Telecomunicaciones, mismas que garantizaban a los concesionarios pase directo y gratuito a este espacio radioeléctrico. Se declaró inconstitucional, entre otros, el artículo 28 que a la fecha integra al calce la leyenda “Declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad DOF 20-08-200”.
El 28 permitía que los concesionarios que quisieran prestar servicios de telecomunicaciones adicionales a los de radiodifusión lo hicieran con tan sólo presentar una solicitud a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, sin licitación, y claro, sin pago forzoso al Estado. La Corte determinó que esto contravenía los principales artículos económicos de la Constitución, como se les conoce; por ejemplo, el 25 que obliga al Estado a ejercer la rectoría del desarrollo nacional que fomente un régimen democrático y una justa distribución del ingreso; el 27 que indica que la explotación, uso y aprovechamiento de los bienes dominio de la Nación sólo pueden realizarse mediante concesión y el 28 que prohíbe los monopolios.
En el año 2009 La Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones en los Hogares, mostró que sólo el 12.97% de los hogares en México cuentan con televisión digital. Para acelerar el proceso de migración y establecer reglas técnicas y sociales para ello, se estableció el Acuerdo por el que se adopta el estándar tecnológico de televisión digital terrestre y se establece la política para la transición a la televisión digital terrestre en México.
En función de las pruebas que se realizan con las transmisiones digitales, se estableció en el Acuerdo que por cada canal analógico se utilizaría un canal digital adicional en el que se transmitiría en forma simultánea la misma programación. De pronto la COFETEL decide de un plumazo autorizar la transmisión de programación diferente y se escuda al decir que esto incrementará la oferta de servicios asociados a la TDT y que redundará en beneficio de la población.
Esta decisión es importante pues otros concesionarios y permisionarios podrían solicitar difundir programación múltiple (multiprogramación) en su canal digital, aún sin reglas sobre la comercialización de estos espacios y sin existir actualmente un marco legal que regule estas prácticas. No hay marco legal en tanto el Congreso no ha actualizado los artículos que la SCJN declaró inconstitucionales en 2006.
No es la primera vez que la COFETEL y los magnates de los medios, se alían para darle vuelta a las claras disposiciones que la Corte dejó establecidas después de la Ley Televisa, recuérdese Hi-Tv; en su momento Televisión Azteca decidió unilateralmente en 2009 difundir programación diferente en su canal digital y vender decodificadores a 1999 pesos.
La trampa que usó en su momento la COFETEL para no multar a Tv Azteca en la ocasión de HiTv, fue decir que la televisión digital permite el multiplexeo y que además éste se encuentra contemplado en el Acuerdo. Habría que tener cuidado en que ésta no sea la misma falacia que utilicen para defender la toma de nota del 20 de julio que contraviene el interés público.
Para ello resulta de enorme utilidad el voto particular que el ex comisionado Rafael del Villar emitió en contra de la decisión de los demás integrantes de la COFETEL en el asunto HiTv. En una de las partes de su voto, el comisionado diserta sobre si debe multarse o no a Tv Azteca por haber transmitido en la señal digital, programación adicional simultánea y diferente de la desplegada en el canal analógico.
Rafael del Villar señala en esta resolución que hay una confusión entre los términos multiplexeo y transmisión de programación adicional simultánea y diferente de la desplegada en el canal analógico (multiprogramación). Si bien el Acuerdo sí contempla el multiplexeo, lo menciona como un elemento de la televisión digital y que no necesariamente implica la transmisión de programación adicional simultánea y diferente.
La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) ha descrito que el modelo de referencia para entender la televisión digital se divide en tres grandes bloques: 1) Codificación de la señal de entrada; 2) Multiplexeo 3) Codificación del canal y modulación.
Cuando el Acuerdo señala que la televisión digital es una nueva tecnología que contempla la codificación de señales y el multiplexeo de las mismas y otros datos, sólo se está refiriendo a la descripción técnica de la tecnología de la televisión digital indicada por la UIT.
Del Villar cita al perito Ing. Clemente Valdés quien establece que el multiplexeo es “una técnica de codificación digital que permite la transmisión simultánea de varias señales a través de un solo medio de transmisión”, es decir, es una técnica que permite transmitir varias señales de audio, video, datos, de forma simultánea, pero la transmisión simultánea de varias señales no es sinónimo de transmisión simultánea de varias y diversas programaciones.
Menciona el Dr. Del Villar: “Cabe señalar que un programa de televisión en formato digital requiere la combinación de varias señales: video, audio y datos (que al convertirse en formato digital forma paquetes de información que se combinan en un solo flujo para ser transmitidos). Así, el multiplexeo ocurre en toda transmisión de televisión digital, independientemente del número de programas de televisión o subcanales a transmitir.”
El ex comisionado concluye que toda transmisión de televisión digital requiere multiplexeo como una técnica para la transmisión de señales, el concesionario técnicamente puede transmitir en estas señales la misma programación que en su canal analógico o programación diferente, pero que técnicamente sea posible no significa que les este permitido.
La descripción técnica conceptual de la televisión digital que incluye el término “multiplexeo” en el Acuerdo, no les otorga ningún derecho a los concesionarios para la multiprogramación. “El que técnicamente la televisión digital terrestre permita transmitir programación múltiple y simultánea en un canal de frecuencia, no otorga el derecho a los operadores a transmitirla. Para esto último es necesario recurrir al marco legal y regulatorio a la que la adopción de la televisión digital terrestre se sujeta.”
Al día de hoy no existe un marco regulatorio que oriente sobre las condiciones en que debe permitirse el uso, aprovechamiento y explotación del canal digital para prestar servicios de radiodifusión y de telecomunicaciones debido los diversos artículos de las leyes Federal de Radio y Televisión y Telecomunicaciones invalidados por la Corte; los legisladores no han actualizado estas normas.
Llama la atención que la decisión de la COFETEL se haya dado a semanas de la salida de Rafael del Villar y a pocos meses antes del inicio de la contienda presidencial de 2012. Sería muy lamentable que la clase política volviera a someterse a los dictados de las televisoras como ocurrió en el año 2006.
¿Quién podrá explotar el espacio radioeléctrico sobrante por la digitalización? Es una pregunta toral para el futuro de la democracia en México. La Asociación Mexicana del Derecho a la Información señala que “En 2010 el gobierno federal otorgó a Televisa 60 canales digitales y a TV Azteca 31, cuyas concesiones vencen en 2021. Grupo Multimedios ha recibido ocho canales espejo. Estas cifras contrastan con los 13 canales digitales que opera el OPMA (organismo sectorizado a la Secretaría de Gobernación), un solo canal al Gobierno del Distrito Federal y cuatro a otras empresas. Es decir, el duopolio televisivo concentra 77.77% de los canales digitales que ha otorgado la autoridad.”
Este asunto del multiplexeo con multiprogramación se está convirtiendo en un “más para los mismos” cuando México necesita de manera urgente más opciones en los medios de comunicación, medios que brinden a la sociedad, sí, contenidos frescos y entretenidos, pero también información que no atraviese la censura de los intereses empresariales; contenidos que desarrollen el civismo, la cultura, la educación.
¿Qué opinan los candidatos 2012? Si ganaran la presidencia ¿A quiénes otorgarían los canales digitales?


03 OCTUBRE, 2011
JUAN ANTONIOSaludos
04 OCTUBRE, 2011