Transparencia y acceso a la información, a debate

22 Marzo, 2011
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Beatriz García A.

Escrutinio No. 64

Beatriz García Acevedo*

 

El presente mes de marzo se retomó en Cámara de Diputados la discusión de las reformas a la Ley Federal de Transparencia y acceso a la información, luego de que la iniciativa fuera aprobada desde abril del 2010 en el Senado de la República.

Estas reformas han sido impulsadas intensamente por organizaciones de la sociedad civil y por el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) que, en un comunicado, ha expresado que lo que se pretende con las reformas es “dar un impulso renovado a la transparencia y mayores garantías a las personas, haciendo más público lo que es público y fortaleciendo las decisiones de la autoridad al declararlas inatacables. La transparencia y la rendición de cuentas son características de las democracias modernas y el acceso a la información es un derecho fundamental de los mexicanos”.

La discusión de estas reformas ha inquietado a especialistas y funcionarios del IFAI, pues el pasado primero de marzo fue aprobado el dictamen en lo general por la Comisión de Gobernación, sin embargo fueron reservados para su discusión los artículos 18 Bis y 59, así como el 46 y el 55 por parte de los diputados panistas Gregorio Hurtado Leija y Gastón Luken, respectivamente.

Los artículos reservados son considerados de mucha importancia, de ahí la preocupación de que con estas reformas o bien se dé un impulso a la transparencia o bien se beneficie la opacidad. En el artículo 18 Bis, por ejemplo, se abre la posibilidad de transparentar los fideicomisos públicos, operaciones bancarias o fiscales que involucren recursos públicos, de tal manera que toda información relativa al ejercicio de estas figuras no se pueda clasificar como secreto fiduciario, bancario o fiscal.

El artículo 46 contiene una disposición importante, y es que en caso de que no se encuentre en los archivos de la dependencia o entidad la información requerida, los comités tomarán las medidas necesarias para localizar la información, abriendo la posibilidad a la elaboración o expedición de los datos solicitados.

Otro artículo central, incluso el que adquiere mayor relevancia, es el 59, que a la letra establecería: “Las resoluciones del Instituto serán definitivas e inatacables para las dependencias y entidades. Los particulares podrán impugnarlas ante el Poder Judicial de la Federación”.

Una de las principales causas del impulso a este artículo son los constantes agravios que se presentaron ante las resoluciones del instituto de transparencia por parte de dependencias que se han negado en diversas ocasiones a someterse al escrutinio público, tal es el caso de la Procuraduría General de la República y el Servicio de Administración Tributaria, que han promovido juicios de nulidad y se han amparado para no acatar las resoluciones del IFAI.

Lo preocupante de los recursos interpuestos fue que en 2009 el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa dio cauce y declaró la nulidad de dos resoluciones a petición de las dependencias antes mencionadas.

Ante tal escenario, la aprobación del artículo 59 adquiere total relevancia, ya que reforzaría el ejercicio de acceso a la información al que todos los ciudadanos tienen derecho.

Un grupo de organizaciones se ha manifestado también a favor de la aprobación de los artículos reservados para “asegurar la transparencia en la gestión gubernamental” y para que las reformas “sirvan como dique para contener los embates que ésta ha enfrentado en los últimos años de parte de distintos actores políticos”.

Se ha advertido que de no aprobarse este apartado se correría el riesgo de que el IFAI emita resoluciones que las dependencias federales podrían apelar cuantas veces quieran y no acatarlas sin ninguna consecuencia legal, faltando así a la obligación de transparencia manifiesta en el artículo sexto de la Constitución.

Por lo pronto habrá que esperar que los diputados se den un tiempo para retomar el debate y, dado el caso, dictaminar la minuta antes del 30 de abril, fecha en la que concluirá el actual periodo ordinario de sesiones.

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Comentarios

  1. 1

    31 MARZO, 2011

    JAIME HERNáNDEZ

    Ya fue aprobada la minuta anteayer en la comisión de gobernación, sólo falta que se ratifique en función pública y pase al pleno para su aprobación. excelente texto beatriz.

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