Más leidas en Medios
Artículos relacionados
Artículos más comentados
Artículos más comentados (histórico)
TV Digital, sin respeto a la SCJN
Escrutinio No. 55
Escrutinio No. 55
*Jaime Hernández Gómez

Con bombo y platillo el presidente Felipe Calderón anunció el 2 de septiembre, en el marco de su cuarto informe de gobierno, la entrada de México a una nueva era de las telecomunicaciones con la publicación del Decreto por el que se establecen las acciones que deberán llevarse a cabo por la Administración Pública Federal para concretar la transición a la Televisión Digital Terrestre.
Sin embargo, tanto el anuncio del Ejecutivo como el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación ese mismo día proporcionan más dudas que motivos de celebración, debido a que no aclaran, si para el aprovechamiento de la convergencia digital se respetarán los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su resolución del 7 de junio de 2007, cuando declaró inconstitucional el artículo 28 de la Ley Federal de Televisión, producto de la denominada Ley Televisa.
De entrada pareciera que nadie puede objetar el anuncio realizado por el presidente al informar que se establecerán todas las acciones pertinentes para acelerar la convergencia y con ello el denominado apagón analógico, mismo que comenzará en 2011 y finalizará en 2015, y con ello los mexicanos podrán gozar de una televisión con mejor definición en la imagen y más canales de televisión.
También pareciera muy buena noticia que gracias a la aceleración de la convergencia, en 2012 se licitará la franja de los 700 mhz y con ello se tendrán mayores servicios de telecomunicaciones (telefonía móvil), sobre todo los de cuarta generación, y con ello se cumpla lo prometido por el presidente Calderón al inicio de su gobierno: competencia, cobertura y convergencia.
Más demagogia, menos certidumbre
El problema es que tanto el discurso como el Decreto son ambiguos en el contenido y no aclaran preguntas que en su respuesta son elementales para no generar una serie de dudas, que de acuerdo a la experiencia suelen tener bases firmes; en lugar de abrir la competencia, se puede fomentar más la concentración.
Primero en el discurso el presidente se equivoca cuando dice ha promulgado el decreto “que establece el inicio de la transición de un sistema analógico a un sistema digital terrestre”, pues dicho proceso inició con el Acuerdo por el que se adopta el estándar tecnológico de televisión digital terrestre y se establece la política para la transición a la televisión digital terrestre en México (TDT) promulgado por su antecesor Vicente Fox, el 2 de julio de 2004.
En la TDT de 2004 se anunció que la transición hacia la televisión digital comenzaría en 2004 con la otorgación de canales espejo y se calendarizó las fases para que se concluyera en 2021, y con ello se realizara el apagón analógico.
No obstante, como lo menciona el mismo Decreto promulgado por el presidente Calderón el pasado 2 de septiembre, una de las críticas a la TDT es que el periodo resultó ser muy amplio, pues países como Estados Unidos, España, los Países Bajos, Noruega, Suecia, Bélgica, Alemania, Finlandia realizaron el apagón en la primera década del siglo XXI, y el caso mexicano sólo se comparaba con países con las economías menos desarrollados de África, mismos que lo harán hasta 2020.
Sin embargo la crítica más importante, y que sigue siendo vigente con el presente decreto, se refiere al uso que se le dará al espectro radioeléctrico que tienen actualmente los concesionarios, y que en ninguna parte se aclara sobre su devolución al Estado Mexicano, para que éste licite nuevos servicios de telecomunicaciones, o más canales de televisión, y con ello realmente se fomente la competencia y la diversidad de contenidos.
Es necesario recordar que una de las necesidades fundamentales en el sector de la televisión es la importancia de contar con más y mejores opciones. De nada servirá que la población tenga una televisión con una imagen más nítida si al final seguirá teniendo como únicas opciones los programas de Televisa o TV Azteca.
Una de las ventajas principales de la convergencia, además de mejorar la calidad de imagen, es la posibilidad de aumentar las opciones televisivas (también denominado multiplexeo), o de utilizar el espectro sobrante para servicios de telecomunicaciones. En el espacio de 6 mhz por el que ahora se transmite un canal analógico, con la digitalización es factible transmitir hasta cuatro, o más, canales digitales.
La muestra de lo anterior lo realiza TV Azteca con su Hi-TV: en los tres canales espejos que el Estado le concedió para que realizara la transmisión de sus canales analógicos (7, 13 y 40), TV Azteca los utiliza para transmite 14 canales de televisión, y aprovecha para comercializar un aparato decodificador a un precio único de 2 mil pesos.
Desde el decreto de 2004, a las empresas que ya cuentan con un canal de 6 mhz, se les concedió otro canal (denominado espejo) de 6 mhz con el objetivo que en dicho espacio realicen las pruebas de convergencia. Al momento de realizar el apagón analógico, entonces los concesionarios devolverían el canal espejo.
El tema es que para la transmisión de la televisión digital los concesionarios sólo utilizarán una cuarta parte de la frecuencia de 6mhz para transmitir la señal digital (o máximo dos terceras partes si transmiten en alta definición), y les quedará espectro sobrante, el cual técnicamente podrán utilizar para difundir otros canales de televisión o brindar servicios de telecomunicaciones.
La Corte y los servicios adicionales de telecomunicaciones
Por lo tanto, si el gobierno no establece reglas claras sobre lo que sucederá con el espectro sobrante, y sobre todo los integrantes del Legislativo, si no asume su obligación de legislar, se reproducirá uno de los elementos más críticos de la denominada “Ley Televisa”, y que gracias a que 44 legisladores interpusieron una acción de inconstitucionalidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su resolución de 2007 las eliminó de la citada ley por ir en contra de la Constitución.
Me refiero a la posibilidad que tenían los actuales concesionarios de radio y televisión de prestar servicios adicionales de telecomunicaciones con el hecho de sólo pedirlo ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes presentando el requisito de una solicitud ante la Comisión Federal de Competencia, quedando además, a la arbitrio de la SCT, si otorgaba, o no, una contraprestación económica.
En otras palabras, el espectro sobrante producto de la convergencia, los concesionarios podían utilizarlo para brindar servicios de telecomunicaciones; hacer negocio sin pagar un solo peso al Estado por el uso de un recurso limitado y valioso como el espectro radioeléctrico.
En aquella ocasión la Suprema Corte declaró inconstitucional el precepto ubicado en el artículo 28 de la Ley Federal de Radio y Televisión porque no se justificó “el trato privilegiado que se otorgaba a los concesionarios de radio y televisión abiertas al permitirle acceder a concesiones de servicios de telecomunicación sin sujetarlos al procedimiento de licitación, y sin que se les exigiera el pago de un contraprestación correspondiente.”
Lo anterior, “en términos de competencia económica y libre concurrencia, constituye un claro trato discriminatorio que provoca, entre otras cosas, para los permisionarios de radiodifusión, concesionarios en telecomunicaciones y terceros interesados en una nueva concesión, una significativa barrera a la entrada a este mercado, de carácter tanto regulatorio como económico, que evidentemente obstaculiza la libre concurrencia y propicia las prácticas monopólicas de los agentes que pretendan hacer uso del poder sustancial que tienen en el sector de la radiodifusión” enunció la SJCN en su sentencia publicada el 20 de agosto en el Diario Oficial de la Federación.
En caso que no declara inconstitucional la posibilidad de que los actuales concesionarios pudieran prestar servicios adicionales de telecomunicaciones sin tener que licitar por ello, la Corte mencionó el peligro que “tanto las actividades de radiodifusión como los de servicios de adicionales de telecomunicaciones se concentren en unos cuantos agentes económicos, en lugar de que se abran a la competencia y se logre una mayor diversidad y pluralidad tanto en los medios masivos de comunicación, como en materia de telecomunicaciones.”
Así, con el decreto realizado por el presidente Calderón se corre el riesgo de la reedición de uno de los elementos más nefastos de la Ley Televisa. No es que se esté en contra de la digitalización, sin embargo lo fundamental es que se garantice la entrada de más competencia, pluralidad y diversidad al sector de la televisión, y al mismo tiempo se promueve la compra de aparatos digitales, o en su caso la adquisición de un aparato decodificador por parte de la población.
Es necesario que el Ejecutivo dicte reglas claras sobre lo que sucederá con la convergencia digital, de lo contrario es muy aceptable la suspicacia de considerar que el anuncio solo fue para ocultar el proceso de la pasada licitación 21, dónde la Comisión Federal de Competencia y la SCT otorgaron a precio de “ganga”, 30 mhz nacionales de espectro a Televisa y Nextel.
El apagón analógico en EE.UU. se llevó a cabo en 2009.
