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Aprueban diputados la Ley de Protección de Datos Personales
Escrutinio No. 47
La Cámara de Diputados aprobó, el pasado 13 de abril, el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, mediante la que se garantiza la protección de la privacidad del ciudadano, al que se le faculta para que pueda solicitar el Acceso a sus datos personales para Rectificarlos, Cancelarlos u Oponerse a éstos (ARCO). Queda aún pendiente su ratificación en el Senado, para que sea un hecho.
Con esta legislación el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) queda facultado ya no sólo para proteger los datos personales en manos de las entidades gubernamentales, si no frente a cualquier particular, cambiando también de nombre a Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAIPD). Cabe resaltar que la Ley será de observancia general en toda la República.
La aprobación de este proyecto representa un gran avance en cuanto a la protección de la privacidad del ciudadano se refiere, pues es un pendiente que se arrastraba desde el 2002, año en el que se aprobó la Ley de Transparencia. Incluso la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) se había pronunciado con anterioridad para que México adoptara estas medidas pues de los países miembros, el nuestro, además de Turquía eran los únicos que no legislaban al respecto.
Con esta nueva ley todos los datos personales que las instituciones privadas (bancos, telefónicas, hospitales, aseguradores) solicitan, quedarán resguardados y será violatorio que se transfieran sin el consentimiento expreso del titular, mediante una firma autógrafa, electrónica o mediante cualquier mecanismo de autentificación. Las empresas estarán obligadas a informar a los titulares de los datos, la información que recaba de ellos y con qué fines, a través de un aviso de privacidad.
Estas disposición protegerá también los llamados “datos sensibles” de las personas, tales como la preferencia sexual, rasgos étnicos, religión, condiciones de salud, entre otros y se establece la prohibición para crear bases de datos con éstos, sin previa justificación.
La ley establece que quienes violen estas disposiciones serán sancionados por el IFAIPD con multas que van de los 100 a los 320 mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal y en caso de reincidencia se impondrá un castigo adicional similar
El IFAIPD no será la única autoridad contemplada como reguladora, la Secretaría de Economía también lo será, enmarcada en el ámbito comercial. Entre sus nuevas facultades estarán: emitir lineamientos para el contenido y alcances de los avisos de privacidad, diseñar e instrumentar políticas y coordinar la elaboración de estudios para la modernización y operación eficiente del comercio electrónico, fomentare las buenas prácticas comerciales en materia de protección de datos personales, etc.
Es así como las empresas privadas y responsables en el tratamiento de datos personales, deberán cumplir con principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad proporcionalidad y responsabilidad, generando a su vez, mayor certeza sobre la información de cada ciudadano.
Queda pendiente que el proyecto se vote en el pleno de la Cámara alta, en donde legisladores como Gustavo Madero y Carlos Navarrete han comentado ya se trabaja en la iniciativa y no tendrá problema en aprobarse. .
