TV Azteca en franca rebeldía

08 Marzo, 2010
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Jaime Hernández Gómez

Escrutinio No. 44

La apuesta de TV Azteca por desafiar al Estado Mexicano se encuentra más latente que nunca. Desafía al Instituto Federal Electoral (IFE) no transmitiendo los spots electorales, gana ante la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) un proceso en el que esta dependencia  declara legal el servicio de Hi-tv, y gana un juicio a la Secretaría de Gobernación para no pagar los honorarios de los interventores que le dan visto bueno a los concursos y juegos que organiza.

Con la sanción que el 24 de febrero le estableció el IFE por 122.4 millones de pesos por no transmitir 16 mil 92 promocionales en las precampañas de los estados de Chihuahua, Puebla, Durango y Zacatecas, la televisora acumula sanciones por 232.3 millones de pesos.

Sin embargo, de acuerdo a la solicitud de transparencia realizada por Escrutinio, la televisora del Ajusco no ha pagado ninguna multa, por lo que se pone en entredicho la eficacia de las sanciones impuestas por el órgano electoral.

Si TV Azteca pagara sus multas, la entidad beneficiada sería el Conacyt, ya que el Presupuesto de Egresos menciona que las sanciones que cobre el IFE deberán destinarse a dicha dependencia con lo que se podría ampliar el número de becarios a nivel nacional.

De acuerdo con el Código Electoral (COFIPE, art. 355, fracción 7) las multas en primera instancia deberán ser pagadas ante el IFE, pero si no se cumple entonces se turnará ante la Secretaría de Hacienda, quien deberá cobrarlas.

La multa de los 122 millones es la más alta aplicada por el IFE a TV Azteca hasta el momento, la segunda es la que le impuso el 29 de enero con 72.3 millones de pesos, por no transmitir promocionales de las precampañas en los estados de Tabasco, Coahuila y Yucatán, y la tercera es la que le aplicó por 22 millones por no transmitir los spots de las campañas de 2009 en sus señales que se transmiten por televisión de paga (SKY y Cablevisión).

TV Azteca alega que no transmite los spots porque no tiene la capacidad técnica de hacerlo, sin embargo, dicho argumento no se sostiene porque que si ha transmitido los promocionales de los partidos políticos. Los que no difunde son los de la autoridad electoral.

Los otros desafíos

Es tanta la oposición de TV Azteca al cumplimiento de las leyes, y tan débil  (o cómplices) las autoridades del Estado, que el 14 de diciembre de 2009 la Cofetel resolvió que el servicio que brinda TV Azteca, mediante el dispositivo Hi-tv, es legal, y por tanto, no viola ninguna disposición normativa.

Sin embargo, la violación es clara porque las frecuencias (24 y 25 de UHF) por donde TV Azteca está transmitiendo los canales que brinda con Hi-tv, el Estado se lo concedió para que realizara transmisión simultánea de las mismas señales que brinda en la televisión analógica (7 y 13), y no para difundir otras señales. No obstante, aprovechando los avances en la tecnología, Azteca aprovecha dichas frecuencias para transmitir 11 canales adiciones y comercializar su aparato decodificador Hi-tv, con el cual se convierte la señal  analógica a digital.

La Cofetel en su resolución menciona que Azteca aprovecha de manera eficiente las frecuencias, sin embargo, el problema que debe resolver es el aprovechamiento de las señales digitales para permitir la entrada de nuevos operadores, y con ello combatir la excesiva concentración de concesiones en la televisión abierta que existe en México, donde el 90% de las concesiones las acaparan Televisa y TV Azteca.

En respuesta a la resolución de la Cofetel, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes anunció el 23 de febrero que va a sancionar a TV Azteca con 4 millones de pesos, sin embargo, dicho resolución es impugnable puesto que la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió en noviembre pasado que la máxima autoridad en materia de concesiones es la Cofetel.

No contenta con lo anterior, TV Azteca ganó un amparo en la Suprema Corte a la Secretaría de Gobernación para no pagar por los servicios de los interventores que dan fe a sus juegos y sorteos, quienes de acuerdo a la ley federal de Derechos deben cobrar 750 pesos por hora o mil 50, si es en horarios fuera de su jornada laboral. El argumento que utilizó la televisora es que se cobra lo mismo si el servicio es por una hora o si sólo es por una fracción de hora, lo cual es violatoria de la “proporcionalidad tributaria”. Ante esto, a Corte le dio la razón.

Las confrontaciones que realiza la empresa de Ricardo Salinas Pliego muestran la actitud de este multimillonario mexicano, que de acuerdo a Forbes tiene ya  6 mil 300 millones de dólares (ocupando el lugar 154 de los más ricos del mundo), pero que al erario se rehúsa a aportar un solo peso.

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